Bases Concurso Subsidio Proyectos de Investigación
1. ASPECTOS GENERALES
1.1 Este subsidio concursable se dirigirá a apoyar PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN propuestos por los investigadores de las distintas unidades académicas de la Universidad.

1.2 Un Proyecto de Investigación apunta a responder una pregunta específica y puntual, articulada en torno a un tema central, solventada en una proposición pertinente y sustentado en la excelencia de su formulación.

1.3 Estos Proyectos seguirán las convenciones tradicionales para su formulación y se ejecutarán durante el año lectivo. En su diseño podrán participar todos los miembros del cuerpo académico regular, excluyendo profesores adjuntos.

1.4 Los Proyectos serán evaluados técnicamente por al menos dos árbitros externos a la Universidad, siguiendo en general la modalidad de FONDECYT para tal efecto, y el Investigador propondrá una nómina de evaluadores externos. La decisión final para la asignación de los recursos solicitados en los Proyectos será competencia exclusiva de la Dirección de Investigación de acuerdo a razones de tipo administrativas y considerando información de proyectos previos (ver 2.5.)

1.5 El subsidio considerará un monto máximo anual para el desarrollo de cada Proyecto fijado oportunamente de acuerdo con la realidad presupuestaria por la Universidad. La Dirección de Investigación podrá reducir las asignaciones presupuestarias solicitadas por los postulantes. Para el presente concurso, se considera un monto máximo de $800.000.- (ochocientos mil pesos).

1.6 No se otorgarán subsidios para Proyectos de creación artística, recopilaciones, confecciones de catálogos o inventarios, edición de libros, ensayos, audiovisuales, textos de enseñanza, etc. Catastros, encuestas, análisis de laboratorio y cualquier otro procedimiento para obtener datos forman parte instrumental del método científico y no constituyen por sí solos Proyectos de Investigación. Asimismo, tampoco se financiarán Proyectos que en lo sustantivo estén orientados a mejorar la calidad de laboratorios para docencia.

1.7 Los Proyectos no deberán considerar aspectos contenidos en otros que se presenten en este concurso o hayan sido aprobados y se encuentren en ejecución. En caso de haber proyectos o programas complementarios deberán ser declarados. Su omisión será causal de eliminación del Proyecto.

1.8 Los Proyectos sólo podrán ser ejecutados en la Universidad y bajo la dirección de un investigador responsable de la Universidad.


2. POSTULACIÓN

2.1. Todo Proyecto de Investigación deberá ser presentado por un Investigador Principal y podrá incluir el número de coinvestigadores cuya participación sea necesaria para la función de investigación del Proyecto.

2.2. La presentación simultánea por un mismo investigador de dos o más proyectos similares será causal de eliminación.

2.3. Cada académico podrá presentarse como investigador responsable de sólo un Proyecto de Investigación. Y no podrá estar en la misma categoría en los Programas de Investigación.

2.4. Se puede postular como coinvestigador sólo en un Proyecto o Programa de este concurso.

2.5. Quedan expresamente excluidos de participar en este concurso sea como investigadores responsables o como coinvestigadores aquellos que al cierre del concurso no hayan cumplido sus compromisos contractuales asumidos en el concurso de Proyectos y Programas de Investigación anterior. En el caso de aquellos que en la actualidad tienen en ejecución proyectos correspondientes al concurso año previo, podrán postular pero la decisión final de asignación de presupuesto y autorización para la ejecución del Programa dependerá de la evaluación del Informe Final correspondiente.

2.6. Para la postulación se deberán presentar tres copias y un CD del proyecto en el formulario correspondiente.

2.7. Una comisión Ad-Hoc nominada por la Vicerrectoría Académica evaluará en primera instancia los aspectos formales del Proyecto, cuidando que se hayan cumplido con todos los requisitos además de aspectos propios de la presentación. Los Proyectos que sean aprobados por la Comisión serán enviados a evaluación externa. En el caso de Proyectos rechazados, el investigador principal recibirá por escrito un detalle de las consideraciones que tomó en cuenta la Comisión para su rechazo.

3. FINANCIAMIENTO
3.1. Los gastos que se financiarán son:

3.1.1. HONORARIOS: Se pueden solicitar honorarios para personal de apoyo y para tesistas. En este último caso, se considerarán sólo tesis (unidad de investigación, seminario de tesis, memoria de título, o equivalentes) que sean requisito para Titularse, excluyéndose aquellas que constituyen requisito para egreso. Los honorarios para ambos dependerán de la función que cumplan en el Proyecto y serán definidas de acuerdo a las normativas que para tal efecto existen en la Universidad. Los honorarios serán asignados sólo cuando las funciones estén claramente definidas y justificadas. No se considerará el pago de honorarios para labores de secretaría.

3.1.2. GASTOS DE OPERACIÓN: Incluye ítems como material fungible, servicios de computación, análisis de laboratorio, fletes, combustibles, arriendos, reparaciones, material bibliográfico y de oficina, salidas a terreno, etc. No se debe incluir compra de mobiliarios o alhajamiento de oficinas. No se financiarán asistencias a congresos o similares.

3.1.3. VIATICOS: Considerados para viajes o traslados directamente relacionados con la ejecución del proyecto. Deberán justificarse con una programación detallada y de acuerdo a las normas y montos establecidos por la Universidad. No se podrá asignar viáticos para alumnos o personal de apoyo que no esté directamente vinculado con la Universidad. No serán consideradas solicitudes de viáticos para salidas a congresos o similares.

3.1.4. BIENES DE CAPITAL: Sólo para aquellos equipos que estén directamente relacionados con la ejecución del proyecto.


4. OBLIGACIONES

4.1. DIRECCION: Una vez aprobado el Proyecto y asignado el presupuesto correspondiente, el Investigador responsable asume la total responsabilidad de su ejecución. En caso de retiro, traslado u otros, el coinvestigador alterno podrá ser el Investigador Responsable si la Dirección de Investigación lo estima pertinente.

4.2. INFORMES: Los investigadores con proyectos aprobados deberán dar cumplimiento a las fechas que se establezcan en cuanto a la rendición de informes técnicos y financieros.

4.3. Un Proyecto se entiende terminado cuando ha sido aprobado a plena satisfacción por la Dirección de Investigación. Se entenderá a plena satisfacción cuando: las etapas programadas hayan sido cumplidas y el informe final y la rendición de cuentas hayan sido aprobados por la Dirección de Investigación.

Para la aprobación final de los proyectos se considerarán los siguientes criterios:

1) Para quienes presentan proyectos por segunda vez: Haber presentado los resultados en Congresos de su especialidad, durante el período, con clara identificación de la Universidad de Magallanes en su ponencia.
2) Para quienes han presentado por dos veces o más: Haber publicado trabajos (o estar en proceso de publicación) en revistas indexadas en ISI o Scielo, durante el período, en que aparezca explícitamente la Universidad de Magallanes en la base de datos pertinente.

5. CRITERIOS DE EVALUACIÓN

Los principales factores de evaluación de los Proyectos serán:

5.1
Originalidad y relevancia de la investigación propuesta.
5.2 Pertinencia de la Investigación propuesta.
5.3 Antecedentes curriculares de los investigadores.
5.4 Cumplimiento de compromisos previos.
5.5 Factibilidad de ejecución del Proyecto.
5.6 Adecuada justificación de los recursos solicitados.

Volver a inicio

© Universidad de Magallanes
Dirección Avenida Bulnes 01855 / Contactos Mesa Central (56 61) 207000 / Casilla 113-D Punta Arenas - Chile.